Virrey Liniers 500 | PLM0129

FICHA

  • Producto Departamento
  • Operación Alquiler
  • Barrio Almagro Sur
  • Ambientes 2
  • Dormitorios 1
  • Baños 1
  • Antigüedad 50 años
  • Estado Muy Bueno
  • Orientación Este
  • Disposición Frente
  • Sup. Propia 48,00 m2
  • Sup. Cubierta 48,00 m2
  • Expensas $ 150.000.-

$ 550.000

ALQUILER

Virrey Liniers 500

Almagro Sur

DEPARTAMENTO EN ALQUILER DOS AMBIENTES DE 48 MTS2 TOTALES Y CUBIERTOS AL FRENTE EN PISO 16. LIVING COMEDOR CON VENTANAS, HALL DISTRIBUIDOR CON PLACARD EN PARED, DORMITORIO CON PLACARD EN PARED Y VENTANAS. BAÑO COMPLETO. COCINA INDEPENDIENTE DE MUEBLES COMPLETOS CON COCINA COMÚN A GAS Y CALEFÓN. LIVING Y DORMITORIO CON PISOS DE PARQUET. VIRREY LINIERS AL 500, ENTRE VENEZUELA Y AGRELO. A CINCO CUADRAS DE LA ESTACIÓN LORIA, LINEA A DEL SUBTERRÁNEO. CONTRATO DE DOS AÑOS. AUMENTO TRIMESTRAL CON EL IPC Y ACTUALIZACION DEL DEPOSITO SEMESTRAL. SE REQUIERE SEGURO DE CAUCION + INGRESOS SUFICIENTES. GASTOS A CARGO DEL LOCATARIO: CERTIFICACIÓN DE FIRMAS DEL ESCRIBANO (COSTO QUE INFORMARÁ EL ESCRIBANO CON ANTICIPACIÓN A LA FIRMA DEL CONTRATO DE LOCACIÓN) CUCICBA.- MAT. N° 94


DETALLE DE LA PROPIEDAD

Expensas: $ 150.000.-

ADICIONALES

Vista
Luz

*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.

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