FICHA
- Producto Departamento
- Operación Alquiler
- Barrio Almagro Sur
- Ambientes 2
- Dormitorios 1
- Baños 1
- Antigüedad 50 años
- Estado Muy Bueno
- Orientación Este
- Disposición Frente
- Sup. Propia 48,00 m2
- Sup. Cubierta 48,00 m2
- Expensas $ 150.000.-
$ 550.000
ALQUILER
Virrey Liniers 500
Almagro Sur
DEPARTAMENTO EN ALQUILER DOS AMBIENTES DE 48 MTS2 TOTALES Y CUBIERTOS AL FRENTE EN PISO 16. LIVING COMEDOR CON VENTANAS, HALL DISTRIBUIDOR CON PLACARD EN PARED, DORMITORIO CON PLACARD EN PARED Y VENTANAS. BAÑO COMPLETO. COCINA INDEPENDIENTE DE MUEBLES COMPLETOS CON COCINA COMÚN A GAS Y CALEFÓN.
LIVING Y DORMITORIO CON PISOS DE PARQUET.
VIRREY LINIERS AL 500, ENTRE VENEZUELA Y AGRELO. A CINCO CUADRAS DE LA ESTACIÓN LORIA, LINEA A DEL SUBTERRÁNEO.
CONTRATO DE DOS AÑOS. AUMENTO TRIMESTRAL CON EL IPC Y ACTUALIZACION DEL DEPOSITO SEMESTRAL.
SE REQUIERE SEGURO DE CAUCION + INGRESOS SUFICIENTES.
GASTOS A CARGO DEL LOCATARIO:
CERTIFICACIÓN DE FIRMAS DEL ESCRIBANO (COSTO QUE INFORMARÁ EL ESCRIBANO CON ANTICIPACIÓN A LA FIRMA DEL CONTRATO DE LOCACIÓN)
CUCICBA.- MAT. N° 94
DETALLE DE LA PROPIEDAD
ADICIONALES
*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666).
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.