Avenida Boedo 500 | PLM0115

FICHA

  • Producto PH
  • Operación Alquiler
  • Barrio Almagro Sur
  • Ambientes 2
  • Dormitorios 1
  • Baños 1
  • Antigüedad 20 años
  • Estado Excelente
  • Orientación Este
  • Disposición Contrafrente
  • Sup. Propia 47,00 m2
  • Sup. Cubierta 27,00 m2
  • Sup. Descubierta 20,00 m2
  • Expensas $ 107.900.-

$ 530.000

ALQUILER

Avenida Boedo 500

Almagro Sur

EXCELENTE DEPARTAMENTO TIPO PH DE DOS AMBIENTES, 47 MTS2 TOTALES, 27 MTS2 CUBIERTOS EN SEGUNDO PISO POR ESCALERA. LIVING-COMEDOR CON VENTANALES AL PATIO, DORMITORIO CON PLACARD EMPOTRADO. PATIO DE 20 MTS2 CON LAVADERO. EN EXCELENTE ESTADO. MUY LUMINOSO Y AIREADO. Av. BOEDO al 500, A 1 CUADRA Y MEDIA DE AV. INDEPENDENCIA. CENTRO COMERCIAL DEL BARRIO BOEDO. CONTRATO DE DOS AÑOS. AUMENTO TRIMESTRAL CON EL IPC Y ACTUALIZACION DEL DEPOSITO SEMESTRAL. SE REQUIERE PROPIEDAD INMUEBLE EN GARANTIA DE CABA + INGRESOS SUFICIENTES. GASTOS A CARGO DEL LOCATARIO: CERTIFICACIÓN DE FIRMAS DEL ESCRIBANO (COSTO QUE INFORMARÁ EL ESCRIBANO CON ANTICIPACIÓN A LA FIRMA DEL CONTRATO DE LOCACIÓN) Y COSTO DE AVERIGUACION DE INFORMES EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE. CUCICBA.- MAT. N° 94


DETALLE DE LA PROPIEDAD

Ascensor: No
Entrada: común
Expensas: $ 107.900.-

*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.

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