FICHA
- Producto Departamento
- Operación Alquiler
- Barrio Balvanera
- Ambientes 2
- Dormitorios 1
- Baños 1
- Estado Excelente
- Disposición Frente
- Sup. Propia 44,00 m2
- Sup. Cubierta 42,00 m2
- Sup. Balcón 2,00 m2
- Expensas $ 159.600.-
$ 500.000
ALQUILER
Belgrano 2600
Balvanera
EXCELENTE DEPARTAMENTO EN ALQUILER DOS AMBIENTES AL FRENTE EN QUINTO PISO DE 42 MTS2 CUBIERTOS MAS 2 MTS2 DE BALCÓN. HALL DE ENTRADA, COCINA CON BARRA DE MUEBLES COMPLETOS, CALEFÓN Y COCINA A GAS DE CUATRO HORNALLAS MAS HORNO, LIVING COMEDOR AL FRENTE CON VENTANAL HACIA EL BALCÓN, HALL DISTRIBUIDOR CON PLACARD EN ÁRED, BAÑO COMPLETO CON VENTANA DE VIDRIO ESMIRILADO, DORMITORIO EN OCHAVA CON AMPLIA VENTANA, PLACARD.
AV. BELGRANO AL 2600, ESQUINA SAAVEDRA. A UNA CUADRA DE LA ESTACIÓN VENEZUELA, LINEA H DEL SUBTERRÁNEO.
CONTRATO DE DOS AÑOS. AUMENTO TRIMESTRAL CON EL IPC. SE REQUIERE SEGURO DE CAUCION + INGRESOS SUFICIENTES.
GASTOS A CARGO DEL LOCATARIO: CERTIFICACIÓN DE FIRMAS DEL ESCRIBANO (COSTO QUE INFORMARÁ EL ESCRIBANO PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO DE LOCACIÓN)
CUCICBA.- MAT. N° 94
DETALLE DE LA PROPIEDAD
ADICIONALES
*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666).
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.